Exportaciones

Exportaciones

Para las exportaciones que se realicen a partir del 2 de septiembre de 2019: deberán liquidarse los dólares como máximo 5 días hábiles después del cobro o 180 días después del permiso de embarque (15 días para las commodities). Mientras que para las exportaciones oficializadas antes del 2 de septiembre de 2019 que se encuentren pendientes de cobro, tendrán que liquidarse los dólares como máximo dentro de los 5 días hábiles posteriores al cobro (incluyendo anticipos y prefinanciación).
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